Presidente
Vicepresidente
Secretario
El Comité Disciplinario es el Órgano encargado de ejercer la potestad sancionadora sobre los miembros de la Orden, de acuerdo con el presente estatuto. Está conformado por tres (03) miembros designados por la Asamblea General, en forma anual de entre sus miembros, lo preside el abogado de mayor antigüedad en el Colegio.
No pueden ser miembros del Comité Disciplinario, los abogados que tengan condena Judicial Penal, Sanción Administrativa o Sanción Disciplinaria Gremial, Vigentes.
Banco de la Nación: Cuenta Corriente (agente)
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